Si compras y vendes coches de segunda mano, hay un régimen de IVA específico para ti: el REBU. Permite calcular el impuesto solo sobre el margen de beneficio, no sobre el precio total de venta. Si no lo estás aplicando, probablemente estás ingresando más IVA del que te corresponde.
El Régimen Especial de los Bienes Usados (REBU) es un régimen voluntario de IVA regulado en los artículos 135 a 139 de la Ley 37/1992. Permite a quienes venden bienes de segunda mano calcular el IVA solo sobre su margen de beneficio, en lugar de sobre el precio total de venta.
La lógica es sencilla: cuando compras un coche a un particular, ese particular no te repercute IVA porque los particulares no pueden hacerlo. Si luego vendes ese coche aplicando IVA sobre el precio total, estás pagando IVA sobre un valor que ya había tributado antes cuando el coche era nuevo. El REBU corrige eso.
Para la compraventa de vehículos, es el régimen más habitual en talleres con actividad de ocasión y en compraventas de automóviles. Su aplicación está ligada al régimen general de IVA del taller, que sigue aplicando con normalidad a las reparaciones.
El cálculo es diferente al de una factura normal. El margen incluye el IVA de forma implícita, así que hay que extraerlo. Así funciona con un ejemplo real:
Ejemplo de cálculo REBU
El IVA de 433,88€ es lo que ingresas a Hacienda. Pero ese importe no aparece desglosado en la factura. El cliente solo ve el precio total: 7.500€. Eso es una característica esencial del REBU, no un error.
Los gastos de reparación o preparación del vehículo antes de la venta —cambio de aceite, ITV, limpieza— no forman parte de la base REBU. Esos costes afectan a tu margen real de beneficio, pero no modifican el cálculo del IVA del REBU.
Una factura REBU se parece a una factura normal en la mayoría de los campos, pero tiene diferencias importantes que no puedes ignorar.
No aparece la base imponible ni el tipo de IVA. Solo el precio total. Si lo desglosas, la factura no es correcta bajo el REBU y el comprador podría intentar deducirse un IVA que no debe.
Debe indicar textualmente: "Régimen especial de los bienes usados — el IVA no es deducible para el adquirente." Sin esta mención, la factura no cumple los requisitos del régimen.
Marca, modelo, matrícula y número de bastidor. Estos datos identifican el bien de forma inequívoca. Son imprescindibles tanto para el comprador como para el libro de registro del REBU.
Datos completos del vendedor (NIF, razón social, dirección), datos del comprador, número de factura, fecha de emisión y precio total de la operación.
Ejemplo de factura REBU — estructura
Si aplicas el REBU, estás obligado a llevar un libro registro específico de cada operación acogida a este régimen. No es el mismo libro de facturas emitidas habitual.
Cada entrada en ese libro debe recoger: descripción del vehículo, precio de compra, precio de venta y margen obtenido. La Agencia Tributaria puede pedirte ese libro en cualquier inspección o comprobación.
Si nunca has llevado este registro, tu gestor puede ayudarte a montarlo. No es complejo, pero tiene que estar al día. Una operación sin registro es una operación que no puedes justificar si te lo piden.
Esta tabla resume las diferencias clave entre los dos tipos de factura en la facturación del taller:
| Aspecto | Factura normal | Factura REBU |
|---|---|---|
| Base imponible visible | Sí, aparece en la factura | No aparece en la factura |
| IVA desglosado | Sí, visible para el comprador | No se desglosa |
| IVA sobre... | El precio total de venta | Solo el margen de beneficio |
| El comprador puede deducir IVA | Sí, si es empresa | No, en ningún caso |
| Cuándo aplica | Operaciones con IVA normal | Bienes usados sin IVA deducible en la compra |
| Libro registro adicional | No | Sí, obligatorio |
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¿El comprador del coche puede deducirse el IVA de una factura REBU?
No. En el REBU el IVA no se desglosa en la factura, por lo que el comprador no puede deducirse ningún IVA, aunque sea empresa. Es una de las características del régimen que hay que explicar al comprador antes de cerrar la operación. Si el comprador necesita deducir IVA, no es el régimen correcto para esa venta.
¿Puedo aplicar el REBU si el taller también hace reparaciones?
Sí. El REBU aplica únicamente a las operaciones de compraventa de vehículos usados. Las reparaciones tributan de forma normal con IVA al 21%. Las dos actividades coexisten en el mismo taller sin problema. Eso sí, la facturación de cada tipo de operación tiene que estar claramente diferenciada.
¿Necesito autorización especial para aplicar el REBU?
No hay que solicitar autorización previa a Hacienda. Se aplica directamente si se cumplen los requisitos de procedencia del bien. Si nunca lo has aplicado y vas a empezar, consulta con tu gestor para asegurarte de que la configuración de tu facturación y el libro de registro están correctamente preparados.
¿Qué pasa si emito una factura normal cuando debería ser REBU?
Estás pagando más IVA del que te corresponde, porque calculas el impuesto sobre el precio total en lugar del margen. Si el comprador es empresa, puede querer deducirse el IVA que aparece en tu factura, lo que no sería correcto bajo el REBU. En caso de duda sobre una operación concreta, consulta con tu gestor antes de emitir la factura.
¿El REBU aplica también a motos de segunda mano?
Sí. El REBU aplica a cualquier bien mueble usado, incluidas motos, furgonetas y vehículos industriales, siempre que se cumplan los requisitos: el bien debe haber sido adquirido a un particular o a otro empresario acogido al régimen. El tipo de vehículo no cambia la lógica del régimen.
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